A- de 2004
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Ada Luz Hernández Montoya
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No resolución de consultas o aclaración de sentencias en ejercicio del control abstracto
- Improcedencia de aclaración o recursos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se denegó la solicitud de aclaración presentada por la ciudadana de la referencia en relación con la Sentencia C-781/03, toda vez que esta Corporación declaró inexequible el inciso tercero del Art. 21 del Decreto 2067 de 1991 que contemplaba la posibilidad de solicitar la aclaración de las sentencias dictadas por la Corte Constitucional.
Así mismo, el Art. 49 del Decreto 2067 de 1991 dispone que contra las sentencias de la Corte Constitucional no procede recurso alguno.
Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- R E S U E L V E
- Primero. DENEGAR la solicitud de aclaración presentada por la ciudadana Juliana Carolina Ardila, en relación con la sentencia C-781 de 2003.
- Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.